miércoles, 1 de agosto de 2012

Descentralización administrativa


1.      Introducción
            La administración pública entendía como el conjunto de áreas del sector público del Estado que, mediante el ejercicio de la función administración, la prestación de servicios públicos, ejecución de obras publicas y la realización de otras actividades socioeconómicas del interés público, trata de lograr los fines del Estado. Está tareas encomendadas están direccionada en mayor grado al Poder Ejecutivo, sin embargo parte del tema que se va a desarrollar, también alcanza de menor grado al Poder Legislativo y Judicial.
            En una organización administrativa de un Estado, es fundamental la descentralización, la cual tiene como mandato dar un servicio eficiente y que el cliente se sienta para del ayuntamiento y/o nación.
             Al no darse un correcto proceso de descentralización, repercute en una ineficiencia estatal, la cual en muchos casos el Poder Ejecutivo, comete yerros creando nuevos órganos para enfrentar la ineficiencia, sin realizar una revisión de su estructura organizacional administrativa, incrementando las entidades publicas que traba la evolución de un Estado, obligando a revitalizar el sector con acciones forzosas.
            Además, de la descentralización dentro de la organización de un Estado existen otros formas complementarias administrativas las cuales son parte de la gestión pública, las cuales tiene componentes para flexibles que generan ligereza al gestionar.
           
2.      Desarrollo
            Es necesario tener una noción del tema medular: la descentralización administrativa, siendo este uno de las formas para usadas en la administración pública, debido a sus loables beneficios.
La descentralización,  [Fernández, Jorge. Pág.485.2011-1] es la transferencia de un determinado centro de toma de decisiones, un conjunto de atribuciones, funciones, facultades, actividades y recursos que se hallan, respecto del centro, en una situación de cierta subordinación, más no una relación de jerarquía.  Esto se debió, a la debilidad e ineficiencia  del Estado centralizado de resolver los problemas de los ciudadanos, cuya respuesta apunto a la descentralización.
            Es fundamental indicar algunos de los beneficios de está forma de administrativas, las cuales se puede encontrar: [1] aumento de participación democrática de la población en la solución de sus problemas más cercanos y un mecanismo útil para racionalizar la gestión pública. Segundo, existe una mayor congruencia entre las demandas de servicios y la oferta realizada a través del gasto público.
            En el desarrollo del concepto de la descentralización, es indispensable destacar los diferentes ámbitos, las cuales se puede dar: descentralización administrativa, política y económica.
En el caso de la descentralización administrativa, se entiende [Fernández, Jorge. Pág.486.2011-1]  como una tendencia organizativa de la administración publica, en cuya virtud se le confiere personalidad jurídica propia a ciertos entes a los que se le otorga relativa autonomía orgánica respecto al órgano central para encargarles la realización de tareas administrativas. Este tipo de descentralización tiene varias modalidades: [Fernández, Jorge. Pág.486.2011-1]  la territorial o regional, colaboración y por servicio.
La descentralización por servicio, [Fernández, Jorge. Pág.486.2011-1] entraña la creación de una persona jurídica con una esfera de competencias, órganos propios y poder de decisión, sin perjuicio de que las personas morales territoriales conserven determinadas facultades de intervención. Las características más importantes son: 1. Su establecimiento mediante ley o decreto. 2. Personalidad jurídica propia. 3. Patrimonio propio. 4. Realización  de una actividad técnica. 5. Tutela y vigilancia por parte de la administración central.
Esta descentralización por servicio se aplicar en el Distrito Central, en estados, municipios.
            Además de esta modalidad de descentralización se puede citar, la territorial o regional, la cual  [Fernández, Jorge. Pág.561.2011-2] consiste en la instauración de una estructura administrativa destinada a manejar los interés colectivos correspondan a la población establecida circunscripción territorial especifica, como un municipio. La descentralización territorial es una oportunidad del Estado para dar satisfacción de las ideas democráticas y hacer efectivas las actividades por realizar.
            Por ultimo, la descentralización por colaboración se da cuando se transfiere la facultad de su prestación a los particulares, mediante diferentes mecanismos, como la concesión, locación, el concierto y la gestión interesada.
Por concesión, [Fernández, Jorge. Pág.563.2011-2] se entiende como mecanismo jurídico por medio el cual, quien tiene la titularidad de determinadas atribuciones o facultades, o de ciertos bienes y derechos, delega su servicio o aprovechamiento a favor  de un tercero.
La locación, es básicamente el encargo por parte de la Administración Pública a particular, por tiempo determinado y mediante  la remuneración convenida de antemano, la prestación de un servicio público gratuito u oneroso, por lo general ya organizado.
El concierto, es la contratación de prestación del servicio queda a cargo de un particular, sin que ello implique que tal prestador sustituto adquiera carácter público.
            Dentro del mundo de la administración pública, existen otras formas empleadas para organizar al Estado, las cuales tiene ventajas y desventajas según sus seguidores o  retractores. Estás diferentes modales se aprecia: participación estatal mayorista, fideicomiso, sectorización administrativa.
             La participación estatal mayorista  es una empresa con una connotación privado, [Fernández, Jorge. Pág.570.2011-3] que actúa dentro de marco jurídica, para  la producción, distribución o suministro de bienes o servicios destinados a satisfacer las necesidades sociales. En algunos casos, están constituidas bajo la figura de  sociedades anónimas cuyas acciones o intereses están en su total en manos del Estado.
Este tipo de forma se puede clasificar en: privada, social, mixta y pública.
            Otra modalidad muy usada es el fideicomiso, siendo este [Fernández, Jorge. Pág.593.2011-4] un negocio jurídico mediante una persona física o moral, a quien se le denomina fideicomitente, constituye un patrimonio autónomo, integrado por determinados bienes de los que es titular, para dedicarlos a un fin lícito especifico, cuyo logro encarga a una institución fiduciaria, que asume la titularidad del patrimonio autónomo fideicomitido. Este tipo de forma de administrar públicamente, a tenido mucho auge en el desarrollo de la infraestructura en Costa Rica, inclusive el nuevo edificio de la Asamblea Legislativo, se concreto por medio de un fideicomiso con el Banco de Costa Rica.

 3.      Conclusión
Las nuevas tecnología en la administración a obligado a los gerentes públicos a implementar las diferentes formas de organizar el aparato administrativo con el objetivo de producir efecto social de bienestar colectivo. Queda claro que el Estado no es una empresa pero debe de ser más empresarial, aplicando correctamente los mecanismos anteriormente mencionados para crear un sistema flexible con resultados sociales dinámicos y exponenciales.
La descentralización, la participación estatal mayoritaria y los fideicomisos son herramientas y/o formas que poseen la administración pública para gestionar los múltiples servicios hacendarios, bancarios, infraestructura y comerciales.
Es necesario cambiar los paradigmas, culturas organizacionales y políticas e inclusive el nuevo perfil del gerente publica para enfrentar los presentes retos que rodea a la Administración Pública. Es fundamental considerar reformas y/o modernizaciones de la gestión, tomar las presentes formas mencionadas como retos en los diferentes sectores para someterlas a evaluación, con el fin de erradicar el manoseo de dichas herramientas.
El nuevo llamado a los funcionarios debe de ser más competitivos y eficientes, debe  de ir acompañado con políticas orientadas y diseñado a un mayor acercamiento al usuario con una participación más incluyente y así, desarrollar soluciones holísticas enfocadas a un plan país.

4.      Bibliografía
Fernández Ruiz, Jorge [2011-1]. Derecho administrativo y administración pública. Descentralización administrativa. Editorial Porrúa. México
Fernández Ruiz, Jorge [2011-2]. Derecho administrativo y administración pública. Descentralización administrativa. Editorial Porrúa. México
Fernández Ruiz, Jorge [2011-3]. Derecho administrativo y administración pública. Formas de organización complementaria de la administración pública. Editorial Porrúa. México
Fernández Ruiz, Jorge [2011-4]. Derecho administrativo y administración pública. Formas de organización complementaria de la administración pública. Editorial Porrúa. México
Fernández Ruiz, Jorge [2011-5]. Derecho administrativo y administración pública. Formas de organización complementaria de la administración pública. Editorial Porrúa. México

Consulta electrónicas
 [1] http://atlasflacma.weebly.com/uploads/5/0/5/0/5050016/herrera_descentralizacion_un_nuevo_intento.pdf

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