INTRODUCCIÓN
Actualmente,
los temas que se han puesto a debate son el de las responsabilidades de los
servidores públicos y la responsabilidad patrimonial del Estado, ambos son
clave para lograr un verdadero Estado de Derecho. Debido a las irregularidades
que a lo largo de los años los funcionarios públicos han presentando algunos
como la falta de profesionalismo, imparcialidad, rectitud, honorabilidad y
transparencia en sus acciones, han hecho que nos acostumbremos a funcionar con
instituciones públicas inundadas en corrupción y malas prácticas. Es por eso
que en el ensayo que se presenta a continuación
analizaremos el marco legal para entender la problemática operativa en
traer eficiencia y justicia al actuar gubernamental de los servidores públicos
en México.
Primeramente
es importante definir a que le llama servidor público. Se le conoce como
servidor público a quien presta sus servicios al Estado en virtud de un
nombramiento expedido o por figurar en la lista de raya de los trabajadores
eventuales, con el propósito de atender alguna de las atribuciones, funciones o
tareas legalmente asignadas. En un principio el término que se utilizaba para
los trabajadores de gobierno era el de “funcionario público”, pero a partir que
surge la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos, se adopta el
término de servidor público.
Con
la creación de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los
Servidores Públicos del Estado, o sus equivalentes locales, aunado a los
avances en materia de responsabilidad patrimonial, México busca no solo
responder por los daños causados por sus servidores públicos con motivo de su
actividad oficial, si no establecer medidas de control y justicia para evitar
que sucedan, así como lo indican los principios generales del derecho “Todo
aquel que cause un daño a otro debe resarcirlo”. Es así como en el párrafo
segundo del artículo 113 de la constitución federal, pone en manifiesto la
responsabilidad y obligación del Estado, de resarcir los daños causados como
producto de las omisiones o de las acciones licitas o ilícitas llevadas a cabo
por los servidores públicos de dicha administración.
A continuación desarrollaremos una investigación sobre las
responsabilidades legales de los servidores públicos en México, así como la
responsabilidad patrimonial hacia el Estado.
Analizaremos en algunos Estados del país, el numero de servidores
públicos que han sido sometidos a procesos administrativos, civiles y penales
en, revisando la principal causa de responsabilidad a la que son sometidos
dichos servidores.
DESARROLLO
En nuestro país, la Constitución General contienen disposiciones
respecto a los tipos de responsabilidades en las que pueden incurrir los
servidores públicos en el ejercicio de sus funciones, mismas que pueden ser de
carácter civil, administrativo, político y penal.
A continuación se presenta un cuadro resumen de los tipos de
responsabilidades en que puede incurrir un servidor público en el ámbito
federal, mismas que se replican a nivel local.
Responsabilidades de los Servidores Públicos[1]
(Ámbito Federal)
|
|
Administrativa
|
Pueden
incurrir en ella los servidores públicos (Art. 108 constitucional)
|
Política
(Juicio Político)
|
Sólo pueden
incurrir los servidores públicos que establece el artículo 110, que son los
que pueden realizar actos u omisiones que redunden en perjuicio de los
intereses públicos fundamentales o su buen despacho (Art. 109 constitucional)
|
Penal
(Declaración de
Procedencia)
|
Sólo los
servidores públicos pueden cometer los delitos penales previstos en el Título
Décimo del Código Penal Federal.
La
Declaración de Procedencia es una defensa para los servidores públicos
señalada en el Art. 111, que no pueden ser sujetos a proceso, si la Cámara de
Diputados no declara ha lugar a proceder.
|
Civil
|
No se
requiere declaración de procedencia.
|
Como se menciona anteriormente, es un principio general del derecho
que todo aquél que cause un daño a otro debe resarcirlo. Esta obligación de
reparar el daño puede tener distinta naturaleza y sujetos a quienes se debe
reparar dependiendo si se trata de una responsabilidad civil o penal; sin
embargo, por la naturaleza y alcances que tiene el servicio público, la
responsabilidad que tienen quienes se desempeñan en él ha dado lugar a una
forma de responsabilidad distinta a las tradicionales.
Así, la responsabilidad administrativa de los servidores públicos
surge como consecuencia del actuar ilícito de un funcionario, diferenciando esa
responsabilidad de las penales y civiles a que también está sujeto.
Resumiendo podemos decir que los tipos de responsabilidades a que
están sujetos los servidores públicos tanto del ámbito federal como local son:
Responsabilidad penal, existe cuando
el servidor público incurre en actos u omisiones tipificados como delitos por
la legislación federal o local, por lo que únicamente las conductas que estén
tipificadas como delictivas traen aparejada una responsabilidad de esta
naturaleza. Para su aplicación se requiere en algunos casos la aplicación de
una Declaración de Procedencia.
Responsabilidad
civil se da por causar daños y perjuicios, que puedan ser cuantificables en
dinero. Cuando se trata de demandas que se entablen contra cualquier servidor
público por cuestiones que causen daños y perjuicios, se estará en presencia de
una responsabilidad civil. Dicha demanda no requerirá declaración de
procedencia o desafuero y se regirá por los principios del derecho común.
Responsabilidad
política, se da cuando, en el desempeño de sus funciones, los servidores
públicos incurran en actos u omisiones que vayan en perjuicio de los intereses
públicos fundamentales o de su adecuado despacho.
Las sanciones se impondrán mediante juicio político y consistirán en
la destitución o inhabilitación para desempeñar función pública de cualquier
índole. Para aplicar sanciones mediante juicio político, la Cámara de diputados
procederá a la acusación respectiva ante la de senadores, previa decisión de la
mayoría absoluta del número de los miembros presentes en sesión de aquella
Cámara, después de haber substanciado el procedimiento respectivo y escuchado
al inculpado.
Responsabilidad administrativa, los actos u
omisiones de los servidores públicos que vayan en demérito de la legalidad,
lealtad, honradez, imparcialidad y eficiencia en el desempeño de sus cargos,
empleos o comisiones, darán lugar a responsabilidad administrativa, la cual, es
independiente respecto de cualquier otro tipo de responsabilidad.
Las sanciones aplicables para este tipo de responsabilidad pueden ser
una amonestación verbal o por escrito, una suspensión temporal del encargo, o
bien la inhabilitación para ejercer la función pública por un periodo
determinado.
Distrito
Federal
La Constitución Federal en su artículo 108,
a la letra dice:
Artículo 108. Para los efectos de las responsabilidades a que
alude este Título se reputarán como servidores públicos a los representantes de
elección popular, a los miembros del Poder Judicial Federal y del Poder Judicial del Distrito Federal,
los funcionarios y empleados y, en general, a toda persona que desempeñe un
empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el Congreso de la Unión, en
la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal o en la Administración
Pública Federal o en el Distrito Federal, así como a los servidores
públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía,
quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el
desempeño de sus respectivas funciones.
En razón de ello, es que la legislación aplicable a los servidores
públicos del Distrito Federal, en los tres poderes de gobierno, es la
normatividad federal. Así, les es aplicable la Ley Federal de Responsabilidades
de los Servidores Públicos.
Así, de acuerdo con la Ley Orgánica de la Administración Pública del
Distrito Federal, la Contraloría General está encargada del control y la
evaluación de la gestión pública de las dependencias, órganos desconcentrados y
entidades paraestatales del Gobierno de la Ciudad. La Contraloría se encarga de
planear, organizar y coordinar el Sistema de Control y Evaluación del Gobierno
del Distrito Federal.
La Contraloría General del Distrito Federal, cuenta con el Registro de
Servidores Públicos Sancionados de la Administración Pública del Distrito Federal[2],
mediante el cual se puede consultar si los servidores públicos que han laborado
en la misma, han sido sancionados debido a diferentes irregularidades.
Marco
legal de las responsabilidades de los servidores públicos y responsabilidad
patrimonial del Distrito Federal
En materia de responsabilidades la entidad que nos ocupa cuenta con un
amplio repertorio de normatividad, la cual se enlista a continuación:[3]
- Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
|
- Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.
|
- Estatuto de
Gobierno del Distrito Federal.
|
- Ley de
Archivos del Distrito Federal.
|
- Ley Federal
de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
|
- Ley de
Protección de Datos Personales para el Distrito Federal.
|
- Código
Federal de Procedimientos Penales.
|
- Ley de Obras
Públicas del Distrito Federal
|
- Ley Orgánica
de la Administración Pública del Distrito Federal.
|
- Ley de Entrega-Recepción de los Recursos de la Administración Pública
del Distrito Federal
|
- Ley de Presupuesto y Gaste Eficiente del Distrito Federal.
|
- Reglamento
Interior de la Administración Pública del Distrito Federal
|
- Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal.
|
- Reglamento
de la Ley de Presupuesto y Gaste
Eficiente del Distrito Federal
|
- Reglamento
de la Ley de Obras Públicas del Distrito Federal
|
- Reglamento
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
|
- Ley de
Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal
|
- Reglamento
de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Distrito Federal
|
Servidores
públicos sometidos a procesos administrativos, civiles y penales en el Distrito
Federal y las principales causas de responsabilidad
El Registro de Servidores Públicos Sancionados se actualiza con las
resoluciones emitidas por la Contraloría General a través de:
Las Contralorías Internas en la Administración Pública del Distrito
Federal, así como por las Direcciones de Área de la Dirección General de
Asuntos Jurídicos y Responsabilidades, y de la Dirección General de Legalidad
de la Contraloría General.
También aparecen resoluciones sancionatorias emitidas por órganos
jurisdiccionales y autónomos del Distrito Federal que han estimado conveniente
su remisión para inscripción.
La información comprende únicamente resoluciones sancionatorias
firmes, no se incluyen las sanciones en los que se encuentre corriendo término
para promover algún medio de defensa, o se encuentre pendiente de resolver en
definitiva algún juicio, recurso, o medio de impugnación; lo anterior, en
términos de lo dispuesto por el artículo 37, fracciones VIII y IX de la Ley de
la Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, y
artículos 13 primer párrafo y 16 de la Ley de Protección de Datos Personales
del Distrito Federal.
Desafortunadamente para consultar dicho registro, se requiere contar
con el nombre del funcionario o servidor público del cual se desea obtener la
información. No hay forma de que se despliegue una lista de los funcionarios
que incurrieron en responsabilidad, por lo tanto no es posible conocer de qué
tipo fue la responsabilidad, y cuál fue la sanción aplicable, y mucho menos
tener estadísticas al respecto.
No obstante podemos realizar un diagnóstico a partir de los datos
estadísticos del Informe Anual de la Contraloría General Distrito Federal 2010.
Para lo cual nos permitiremos reproducir diversas partes de dicho documento,
así como de anexo estadístico del mismo, a fin de hacernos de un panorama
general en materia de Responsabilidad de los servidores públicos del Distrito
Federal, identificando, el número de quejas y denuncias, los motivos más
frecuentes de estas y las acciones tomadas por la administración local.
En este sentido, durante el periodo antes
referido se captaron un total de 6,192 quejas y denuncias por diversos canales,
incluidos Honestel y Punto de Contacto, Locatel, 089, Secretaría de la Función
Pública, Correo Electrónico, Sistema de Atención Ciudadana, Notas
Periodísticas, Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Comisión
Nacional de Derechos Humanos, Instituto de Acceso a la Información Pública del
Distrito Federal, Procuraduría General de la República, Quejas Directas y
escritas recibidas en el área central.[4]tal
y como se muestra en gráfico[5]
1 que se encuentra en la sección de anexos de este trabajo.
Del
total de quejas y denuncias se radicaron 4,589, de las cuales 783 se refieren a
abusos de autoridad, 731 por deficiencias en servicios, 728 por falta de
aplicación de la normatividad, 559 por negligencia, 433 se refieren a maltrato
y/o prepotencia, 338 por deshonestidad, 320 por deficiencia en trámites
administrativos, 317 por deficiencia en la integración de Averiguación Previa,
162 a solicitud de dádivas, 157 por extorsión, 56 por falta de respeto a la
relación laboral, 15 por falsificación y alteración de documentos oficiales y/o
uso de documentación falsa, 15 por desvío de recursos humanos, 12 que se
refieren a nepotismo y 2 por contratación indebida a un servidor público
inhabilitado.[6] Quedando
distribuidas como se muestra en el gráfico[7]2
en la sección de anexos.
En relación a la sustanciación de los
procedimientos administrativos disciplinarios que se integraron en las diversas
Contralorías Internas, el SINTECA arroja que en el mismo periodo que se reporta
resolvieron 442 procedimientos de responsabilidad administrativa que
involucraron a 815 servidores públicos, de los cuales a 608 se les impuso
sanción administrativa. De esos 608 servidores públicos, se encontró que 25
fueron apercibidos, 270 amonestados, 250 suspendidos, 3 destituidos, 49
inhabilitados y 11 destituidos e inhabilitados; también se impusieron 31
sanciones económicas.[8]Lo
cual se ejemplifica en la gráfica:[9]3
de la sección de anexos.
Asimismo, se impusieron un total de 163
sanciones: 69 amonestaciones, 6 suspensiones, 49 inhabilitaciones, 4
destituciones y 35 sanciones económicas.[10]Como
se aprecia en la gráfica[11]4
de la sección de anexos.
CONCLUSIÓN
Como hemos visto gracias
al marco legal, en los últimos años se ha logrado que el tener un puesto de
servidor público no da derecho a hacer lo que sea y mucho menos a darle mal uso
a este puesto de poder que existe en nuestra sociedad. A pesar de que en
nuestra investigación hemos visto todos los cargos que se han presentado hasta
el 2010 a servidores públicos que han abusado de su puesto de trabajo.
Creemos que Mexico es un
gran país que cuenta con un marco legal muy claro donde las obligaciones de los
servidores públicos están muy bien tipificadas y al mismo tiempo como podemos
ver las acusaciones si se hacen pero entonces la pregunta es ¿Qué es lo que nos
falta? Nos falta conocimiento de este marco legal que nos de como ciudadanos el
derecho de pedir que los servidores sean sancionados como dice la ley, falta
educación a los funcionarios para que cuando estén en su puesto sepan cual es
su función la cual como dijimos es clara, administrar los recursos de acuerdo a
su puesto para satisfacer las necesidades de los ciudadanos que estamos
confiando en ellos.
En cuanto al marco legal
creemos que falta ser mas específicos, la corrupción hoy en dia esta
evolucionando a pasos agigantados por lo que es necesario reformar el marco
legal para que mas delitos sean tipificados y haya menos faltas por falta de
los funcionarios asi como sanciones mas fuertes que haga que los servidores
realmente tomen en serio la ley para que no sea tan sencillo salir de los
procesos legales a los que rompen la ley.
BIBLIOGRAFÍA
Anexo Estadístico del Informe Anual de la
Contraloría General Distrito Federal 2010. Recuperado el 10 de junio de 2011 de
http://www.contraloria.df.gob.mx
Diccionario Jurídico Mexicano. Instituto de
Investigaciones Jurídicas. UNAM. Editorial Porrúa. Letras de la I a la O.
México, 1999
Contraloría General del Distrito Federal, página
web, http://www.contraloria.df.gob.mx/wb/cg/registro_de_servidores_publicos_sancionados
Informe Anual de la Contraloría General Distrito
Federal 2010. Recuperado el 10 de junio de 2011 de http://www.contraloria.df.gob.mx
§ Páginas web consultadas:
http://cgservicios.df.gob.mx/prontuario/vigente/3774.htm.
Consultada el 10 de junio de 2011
[1] Diccionario
Jurídico Mexicano. Instituto de Investigaciones Jurídicas. UNAM. Editorial
Porrúa. Letras de la I a la O. México, 1999.
[2] http://www.contraloria.df.gob.mx/wb/cg/registro_de_servidores_publicos_sancionados
[4] Informe Anual de la Contraloría General Distrito Federal 2010.
[5] Anexo Estadístico del Informe Anual de la Contraloría General
Distrito Federal 2010.
[6] Informe Anual de la Contraloría General Distrito Federal 2010.
[7] Anexo Estadístico del Informe Anual de la Contraloría General
Distrito Federal 2010.
[8] Informe Anual de la Contraloría General Distrito Federal 2010.
[9] Anexo Estadístico del Informe Anual de la Contraloría General
Distrito Federal 2010.
[10] Informe Anual de la Contraloría General Distrito Federal 2010.
[11] Anexo Estadístico del Informe Anual de la Contraloría General
Distrito Federal 2010.
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